Trámite para confirmar la ciudadanía polaca
Consideraciones previas
Todo trámite de confirmación de ciudadanía queda sujeto a la evaluación de la Oficina de Asuntos de Ciudadanía y Migración de la correspondiente Gobernación Voivodal (Provincial) en Polonia.
Normativas legales:
* Art. 17 ust. 4 ustawy z dnia 15 lutego 1962 r. o obywatelstwie polskim (tekst jednolity Dz.U. z 2000 r. Nr 28, poz. 353, zmiany Dz.U. Nr 42 z 2001r., poz. 475, Dz.U. Nr 128 z 2003r., poz. 1175, Dz.U. Nr 94 z 2005r., poz. 788),
* Ustawa z dnia 14 czerwca 1960 r. - Kodeks postępowania administracyjnego (tekst jednolity Dz. U. z 2000 r., Nr 98, poz. 1071)
¡Muy importante!
Si sus antecesores emigraron antes de 1920 no se hará lugar al trámite, puesto que no tenían ciudadanía polaca.
De acuerdo con la Ley del 20 de enero de 1920 sobre la Ciudadanía del Estado Polaco, vigente entre el año 1920 y enero de 1951:
- Al naturalizarse (obtener la ciudadanía de otro estado) el ciudadano polaco perdía su ciudadanía polaca. En caso de ser casado con ciudadana polaca, la pérdida se extendía a la esposa y a los hijos menores de edad (hasta 18 años).
- La ciudadana polaca que contraía matrimonio con ciudadano extranjero perdía su ciudadanía polaca.
- Los hijos nacidos de uniones matrimoniales mantenían la ciudadanía del padre.
- Los hijos nacidos de uniones extramatrimoniales, mantenían la ciudadanía de la madre.
- 5. Perdían la ciudadanía polaca las personas que rendían servicio militar en un ejército extranjero sin la previa autorización del Gobierno Polaco.
- Las personas en edad apta para el servicio militar (hasta 50 años de edad) podían obtener la ciudadanía de otro estado sólo mediante previa autorización del Ministro de Asuntos Militares. Al no realizar este trámite, el Estado Polaco los consideraba como ciudadanos polacos.
Documentos para presentar:
- Índice de los documentos presentados,
- Solicitud - Formularios (ver abajo),
- con referencia a las personas que emigraron de Polonia, hay que mencionar el nombre de la localidad de residencia, del partido o jurisdicción y de la provincia, y el año en que salieron de ese lugar con destino al extranjero,
- 2 fotos tipo carnet
- Curriculum Vitae,
- copia simple de D.N.I. (con la fecha de otorgamiento de la ciudadanía argentina en caso de argentino naturalizado),
- copia simple de partida de nacimiento de solicitante
- copia simple de partida de matrimonio de los padres de solicitante,
- copias simples de los documentos que prueban vinculo de parentesco, ciudadanía polaca y/o descartan la pérdida de la ciudadanía polaca de los antecesores de solicitante (padres o abuelos):
a. copias simples de acta de matrimonio,
b. pasaportes polacos y/o libretas militares polacas,
- en caso si pasaporte no tiene sello legible de ingreso a Argentina (o Paraguay)- certificado con la fecha de ingreso,
- en caso de no tener el pasaporte - copia simple de otro documento de viaje para extranjeros con el cual ingresó (p.e. Travel Document, Cruz Roja otro), expedido por las autoridades de tercer país,
c. en caso de polacos no naturalizados: copia simple de la constancia de la Cámara Electoral Nacional de no naturalización,
d. en caso de argentinos naturalizados: copia simple del certificado del Poder Judicial o constancia de la Cámara Electoral Nacional, con la fecha de otorgamiento de la ciudadanía argentina,
- en caso de adquirir ciudadanía de otro Estado - copia simple de documento que confirme la fecha de otorgamiento de la ciudadanía extranjera,
e. copias simples de actas de defunción,
f. más copias simples de todos los documentos expedidos en Polonia que se refieran a los padres y/o abuelos.
En caso si es necesario se firma el Protocolo de la manifestación de solicitud (o no solicitud) el permiso para el cambio de la ciudadanía polaca por el solicitante (o su padre, o/y abuelo) a las autoridades polacas o al Presidente de Polonia para el rechazo de la ciudadanía polaca.
Es, además, indispensable informar y presentar los documentos:
- Si solicitaron ante las autoridades polacas la autorización para obtener la ciudadanía de otro estado (en este caso, Argentina o Paraguaya), en qué fecha y si obtuvieron el acuerdo correspondiente.
- Si la persona que emigró cumplió con el servicio militar obligatorio en Polonia o fue eximido, por ejemplo, por causas de salud o por emigración.
- Si la persona que emigró rindió servicio bajo armas en el ejército polaco y/e otro ejército extranjero: cuándo fue dado de baja y por cuál razón.
- Si la persona que emigró desempeñó en el exterior algún cargo público, informar cuáles fueron y las fechas de ejercicio.
- Si el solicitante tiene apellido diferente del que tenía su antecesor antes de emigrar, presentar las constancias que documentan este cambio.
Es aconsejable presentar también otros documentos polacos disponibles, además de los especificados al comienzo, que permitan confirmar la ciudadanía polaca del antecesor que se invoca para acreditar el derecho al goce de la ciudadanía polaca.
¡Atención!
Los documentos expedidos en idiomas distintos al polaco, deben ser traducidos al polaco. Todas las actas expedidas por Registro Civil argentino (o paraguayo) tienen que tener no más de 2 años de antigüedad, ser legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina (o Paraguay) y traducidos por traductor público (firma del traductor público tiene que ser legalizada por Colegio de Traductores Públicos). Para otros documentos se admiten las traducciones realizadas por personas con conocimiento del idioma polaco.
La carpeta para el trámite - debidamente rotulada para su identificación - tiene que contener dos (2) juegos completos de solicitudes y legibles fotocopias simples de los documentos adjuntados más el listado de la documentación (en idioma polaco), que debe llevar un orden correlativo de numeración.
Es obligatorio presentar todos los originales de las copias de la documentación presentada para su cotejo.
El trámite se presenta ante la oficina de asuntos de ciudadanía y migración de la gobernación de la provincia de su último domicilio en Polonia. En caso de las personas nacidas en el extranjero y que nunca tenían residencia en Polonia - ante la Oficina de Asuntos de Ciudadanía y Migración de la Gobernación de la Provincia central de Mazovia. El trámite se presenta por intermedio de Oficina Consular de Polonia según la residencia legal de la persona solicitante.
La documentación esta presentada y firmada personalmente por el solicitante en la sede de la respectiva Oficina Consular de Polonia.
En momento de presentación de la solicitud se abona el arancel consular.
En caso de recibir preguntas y/u observaciones de la respectiva Oficina de Asuntos de Ciudadanía y Migración es necesario presentar la respuesta por escrito en el idioma polaco y adjuntar los documentos requeridos (si están en el poder del solicitante) en el término indicado. La falta o demora de la respuesta puede provocar consecuencias negativas sobre el resultado del trámite.
Después de recibir la decisión de la respectiva Oficina de Asuntos de Ciudadanía y Migración - el documento de inmediatamente está enviado a domicilio del solicitante por correo nacional certificado. Le rogamos a informar Oficina Consular de cualquier cambio de dirección de domicilio por mail o por otro medio.
La rectificación de los errores en los datos de las confirmaciones de la ciudadanía se realiza a solicitud de la persona interesada dirigida a la respectiva Oficina de Asuntos de Ciudadanía y Migración a través de la Oficina Consular.
En caso de recibir la decisión negativa de confirmación de ciudadanía polaca el solicitante tiene derecho a apelación, acorde al reglamento y términos indicados en la decisión, dirigida a la instancia superior por intermedio de la respectiva Oficina de Asuntos de Ciudadanía y Migración a través de la Oficina Consular.
Los turnos para la presentación de la carpeta totalmente completada y ordenada se solicita únicamente por teléfono 48010071 martes-miércoles-jueves de 14 a 15.30h.
Solicitudes
Solicitud-formulario para el trámite de la confirmación de la ciudadanía polaca Haga click aquí
Protocolo de la manifestación de solicitud (o no solicitud) el permiso para el cambio de la ciudadanía polaca por el solicitante (o su padre/madre, o/y abuelo/abuela) a las autoridades polacas o al Presidente de Polonia para el rechazo de la ciudadanía polaca.
Solicitud a la Oficina de Asuntos de Ciudadanía y Migración de la Gobernación provincial (otra que de Mazovia) Haga click aquí
Solicitud a la Oficina de Asuntos de Ciudadanía y Migración de la Gobernación de Mazovia Haga click aquí
Declaración de conocimiento de las leyes de Polonia sobre la ciudadanía polaca
Haga click aquí
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